Las SAS el Tipo de Sociedad hecho para Todos
Las
Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) nacen con la ley 1258 de 2008 por
la cual se crean este tipo de sociedad, fue tal la acogida de este nuevo tipo
de asociación empresarial que para octubre del año siguiente a su creación era
la forma de organización de 6.980 empresas convirtiéndose así en el tipo de
sociedad más usado en Colombia[1],
y hasta hoy en día según el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo las SAS
siguen siendo el tipo de sociedad más utilizada en el país[2].
Las SAS tienen características especiales que en comparación con
los demás tipos de sociedades (en Colombia) tienen características que las
hacen, en mi concepto, la mejor opción para constituir empresas en Colombia.
Entre tales características encontramos:
No es
necesario darle término (fecha de terminación de la sociedad), es decir, su
existencia es indefinida. Esto según lo expresado en el numeral 4 del artículo
5 de la ley 1258 de 2008 el cual expresa: “Si nada se expresa en el acto de
constitución, se entenderá que la sociedad se ha constituido por término indefinido”.
No es
necesario delimitar el objeto social de la sociedad, es decir, la sociedad
puede realizar cualquier tipo de actividad o actividades lícitas que ella
desee, esto según lo estipulado en el numeral 5 del artículo 5 de la ley 1258
de 2008. Lo anterior supone un gran campo de acción que otras empresas no
tienen para poder ejercer cualquier actividad comercial.
Pueden ser
constituidas por solo 1 accionista o inversor y el máximo es ilimitado.
Los socios
responden hasta sus respectivos aportes.
No es obligatorio
revisor fiscal siempre que no se excedan los 5.000 SMLMV, esto según lo
estipulado en el artículo 13 de la Ley 43 de 1990 en el parágrafo segundo que
señala que “será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades
comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre
del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de 5.000 salarios
mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o
excedan al equivalente a 3.000 salarios mínimos”.
Otro punto a
tener en cuenta es el expuesto en el artículo 10 de la ley 1258 de 2008, por el
cual, se establecen las clases y series de acciones que podrán ser emitidas por
las SAS, la cuales son: (i) acciones privilegiadas; (ii) acciones con dividendo
preferencial y sin derecho a voto; (iii) acciones con dividendo fijo anual y
(iv) acciones de pago. Este punto es muy importante puesto que la variedad de
clases de acciones facilita a las sociedad la adquisición de capital y/o
recursos para desarrollo de los planes que esta tenga.
Cómo
contra parte a lo anterior, cabe mencionar que: “Las acciones y los demás
valores que emita la sociedad por acciones simplificadas no podrán inscribirse
en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa” (Art. 4
de la ley 1258 de 2008).
[1] (2009, octubre 1). SAS es el tipo de sociedad más
usado en Colombia. Recuperado el febrero 19, 2021, de https://www.semana.com/empresas/articulo/empresa-sas-en-colombia-que-tipo-de-sociedades-de-empresa-debo-elegir/84554/
[2] (2020, agosto 13). ¿Qué tipos de sociedades son las
más utilizadas en Colombia?. Recuperado el febrero 19, 2021, de https://jlcauditors.com/tipos-sociedades-mas-utilizadas-colombia/
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